Claridad contable y fiscal para crecer con certeza.
En Specter integramos contabilidad, nómina, auditoría y cumplimiento fiscal en una sola firma, para empresas en todo México. Convertimos sus obligaciones en información para decidir mejor y le damos respaldo ante la autoridad.
Contabilidad precisa, con visión de negocio.
Cercanía
Atención directa con quien lleva su cuenta, sin intermediarios.
Precisión
Cifras conciliadas cada mes y cada soporte documental en su lugar.
Estrategia
Decisiones fiscales tomadas en función de lo que conviene a su negocio.

Somos una firma contable y fiscal especializada en acompañar a empresas en crecimiento. Cumplimos sus obligaciones y, además, las ordenamos, se las explicamos y las volvemos información útil para su negocio.
Atendemos desde la operación contable diaria hasta la planeación fiscal, con los plazos cumplidos y cada decisión explicada por escrito.
Specter no trabaja sola.
Specter trabaja de la mano con FD Abogados, la firma de derecho corporativo, fiscal y administrativo del grupo. Cuando un asunto contable o fiscal requiere análisis legal o defensa, FD lo atiende con la misma información.
Todo lo contable y fiscal, en un solo lugar.
Cubrimos la operación completa, desde el registro diario hasta el cierre anual y la planeación fiscal.
Contabilidad
Pólizas, estados financieros y contabilidad electrónica conforme al SAT. Su información financiera ordenada y confiable, lista para decidir y para auditar.
Cumplimiento fiscal
Declaraciones, CFDI y conciliaciones presentadas en tiempo y con su soporte documental, para que cualquier revisión de la autoridad encuentre todo en orden.
Nómina y recursos humanos
Nómina calculada y timbrada con precisión, expediente laboral en regla e integración correcta de IMSS e INFONAVIT. Sin diferencias en cuotas ni sorpresas en el pago.
Auditoría
Revisión financiera, operativa y fiscal que anticipa riesgos y fortalece sus controles internos, para que sepa con exactitud dónde está su empresa y qué corregir.
Devoluciones y saldos a favor
Recuperación de saldos a favor de IVA e ISR, compensaciones y seguimiento del trámite ante el SAT. Recuperamos lo que pagó de más para que vuelva a su flujo.
Regularización fiscal
Declaraciones omitidas, opinión de cumplimiento en negativo y sellos digitales restringidos. Ponemos al día lo pendiente para que su empresa vuelva a facturar y a operar.
Administración y control
Procesos depurados, reportes directivos y control puntual de XML, cuentas por cobrar y por pagar. Información oportuna y confiable para dirigir su empresa con datos.
Consultoría de negocios
Estrategia fiscal, financiera y patrimonial a la medida, con atención y defensa ante la autoridad, para que el cumplimiento también aporte a su negocio.
Prevención de Lavado de Dinero (PLD)
El marco de prevención de lavado de dinero se reformó en tres etapas. La Ley se reformó en julio de 2025, su Reglamento en marzo de 2026, por primera vez desde 2013, y las Reglas de Carácter General en agosto de 2026. La conservación de expedientes pasó a diez años, se reforzó la identificación del beneficiario controlador y se sumó el desarrollo inmobiliario como actividad vulnerable. Las reglas nuevas entran en vigor el 30 de noviembre de 2026 y traen obligaciones con fecha propia hasta 2029, cuando se entrega el primer dictamen de auditoría. Ponemos su operación en regla y la mantenemos así.
- Identificación de actividades vulnerables y umbrales que aplican a su operación.
- Alta y registro ante el portal del SAT.
- Integración de expedientes e identificación del beneficiario controlador.
- Metodología de evaluación de riesgos y clasificación de sus clientes por grado de riesgo.
- Manual de Políticas Internas conforme al contenido mínimo que exigen las reglas nuevas.
- Programa anual de capacitación con la evidencia documental que lo respalde.
- Presentación de avisos en tiempo y forma, incluidos los de veinticuatro horas.
- Preparación para el dictamen anual de auditoría y atención de verificaciones de la autoridad, en coordinación con FD Abogados.
No todos los oficios del SAT son lo mismo.
Muchas empresas buscan a su contador cuando ya recibieron un documento que no entienden, y lo atienden como si todos los oficios fueran iguales. Son procedimientos distintos, cada uno con sus propias reglas, y de cada uno depende qué hay que hacer y en qué plazo.
Carta invitación y programas de vigilancia
Es lo primero que llega y lo que más confusión genera. Una carta invitación o una comunicación de vigilancia profunda no es un acto de fiscalización. No abre plazos, no determina créditos y no es impugnable, porque por sí misma no produce efectos jurídicos.
Aun así conviene atenderla. Hay margen para responder con orden, corregir si procede y dejar constancia. Es la etapa más económica y la que con más frecuencia se desaprovecha.
Revisión electrónica
Se notifica por buzón tributario con una resolución provisional que puede venir acompañada de una preliquidación. Aquí ya corren plazos, por eso el buzón tributario debe revisarse con regularidad.
Revisión de gabinete
La autoridad pide su contabilidad y la revisa en sus oficinas. Empieza con la notificación del inicio de facultades y tiene que concluir dentro de un plazo máximo de doce meses.
Cuando llega el oficio de observaciones tiene veinte días para desvirtuar o corregir. Si la revisión abarcó más de un ejercicio, se amplía quince días más, pero solo si presenta el aviso dentro de esos primeros veinte.
Es la etapa decisiva. Lo que no se desvirtúa aquí solo puede discutirse después en juicio.Visita domiciliaria
Los visitadores se presentan en el domicilio fiscal. Mismo tope de doce meses. La diferencia práctica es que los hechos asentados en las actas parciales se tienen por consentidos si no se desvirtúan, y entre la última acta parcial y el acta final deben transcurrir cuando menos veinte días para hacerlo. Lo que no se aclara ahí se aclara después ante un tribunal.
Visita exprés por comprobantes falsos
Es el procedimiento más agresivo y el más nuevo. Al notificarse la orden, la autoridad suspende de inmediato su sello digital, así que deja de facturar desde ese momento, antes de que se resuelva el fondo.
Los plazos son cortos. Tiene cinco días hábiles para desvirtuar la presunción de falsedad y la autoridad tiene quince para resolver, con un tope de veinticuatro días hábiles para todo el procedimiento.
Cinco días no alcanzan para armar un expediente, solo para entregar el que ya existe.Resolución determinante
Si no se desvirtuó, la autoridad tiene seis meses para emitir la resolución que determina el crédito fiscal. A partir de ahí el camino es recurso de revocación o juicio de nulidad.
El mejor momento para llamarnos es el primero.
Una carta invitación bien respondida cuesta una fracción de lo que cuesta impugnar después, y muchas veces evita que haya algo que impugnar. Specter atiende la parte contable y documental mientras corren las facultades de comprobación, desde la primera comunicación hasta la resolución. Si hay que impugnarla, el asunto lo lleva FD Abogados, con el mismo expediente y sin volver a empezar.
El momento de revisar su situación fiscal es antes de que llegue el oficio.
Un proceso claro, de principio a fin.
Usted sabe en todo momento qué sigue, qué necesitamos de su parte y qué va a recibir.
Diagnóstico
Empezamos con un diagnóstico fiscal sin costo, con su información del SAT, para saber dónde está y qué riesgos hay. Solicítelo aquí.
Propuesta
Le presentamos un plan a la medida, con el alcance, el calendario de trabajo y los honorarios por escrito.
Implementación
Ponemos en orden y al día la contabilidad, las obligaciones, la nómina y el cumplimiento, con avances que usted puede seguir.
Acompañamiento
Mantenemos su empresa en regla mes con mes y estamos a su lado cuando llega una decisión importante.
Conozca su situación ante el SAT antes de que la autoridad la conozca por usted.
Revisamos sus facturas y declaraciones de los últimos cinco años y le entregamos, en un tablero privado, lo que está en orden, lo que hay que corregir y en qué orden atenderlo.
- Solo necesita su RFC y su contraseña del SAT. Nunca le pedimos la e.firma.
- Su contraseña se borra al terminar la descarga, o a los 7 días como máximo.
- Sin costo y sin compromiso. Lo recibe en 3 a 5 días hábiles.
Un buen resultado también depende de usted.
Estos son los acuerdos con los que trabajamos con cada cliente. En nuestra experiencia, son los que permiten entregar a tiempo y sin errores.
Información completa
Estados de cuenta de todas las cuentas bancarias, incluidas las secundarias y las de inversión. Un movimiento que aparece después descuadra el mes entero.
Con margen antes del vencimiento
Las declaraciones tienen fecha límite y revisarlas toma tiempo. Al contratar acordamos con usted una fecha de corte mensual; lo que llega después se presenta con lo disponible.
En el formato acordado
Archivos digitales completos y legibles. Las fotografías de pantalla, las capturas parciales y los documentos incompletos alargan el trabajo y el riesgo de error.
Avísenos con anticipación
Un socio nuevo, una cuenta nueva, una operación fuera de lo común o un cambio de actividad. Planearlo con tiempo evita correcciones costosas y contingencias.
El correo es el medio oficial
Ahí se envían declaraciones, acuses y avisos con efectos. WhatsApp es útil para el día a día, pero no sustituye al correo ni deja constancia de entrega.
Interlocutores claros
De nuestro lado tiene a las mismas personas, que ya conocen su cuenta. Si de su parte también hay alguien de referencia, las instrucciones llegan claras y sin versiones distintas.
Su documentación, en un solo lugar seguro.
La autoridad ya trabaja en digital. Buzón tributario, contabilidad electrónica, avisos antilavado en línea y expedientes que deben conservarse por años. Por eso su información no viaja por chat ni en correos pesados. Llega a un portal propio con acceso privado para su empresa.
- Una carpeta privada por empresa. Ningún otro cliente puede verla.
- Su historial completo, mes con mes, de todo lo que nos entregó.
- Aviso al instante a quien lleva su cuenta cada vez que sube un archivo.
¿Su asunto requiere atención legal?
El litigio fiscal y administrativo, la organización de la sociedad, los contratos y las fusiones y adquisiciones los atiende FD Abogados, la firma de derecho corporativo, fiscal y administrativo del grupo.
Conocemos su industria.
Atendemos negocios con dinámicas distintas, y eso cambia la nómina, el flujo, los riesgos y la forma de cumplir.
Hotelería y restaurantes
Operación intensiva, nómina compleja y cumplimiento que no puede esperar.
Salud y servicios médicos
Consultorios, clínicas y laboratorios con la exención de IVA bien aplicada.
Comercio y distribución
Control de inventarios, flujo de efectivo y obligaciones fiscales al día.
Empresas en crecimiento
Orden contable y fiscal, con controles listos para crecer sin contratiempos.
Inversión extranjera
Reuniones con traducción al inglés para operar en México con certeza.
Profesionistas y pymes
El régimen fiscal correcto y la planeación adecuada para su actividad.
Lo que nos hace diferentes.
Cumplir con el SAT se da por hecho. Esto es lo que ofrecemos además.
Profundidad operativa
Antes que una firma fiscal, quienes integramos Specter venimos de más de una década dirigiendo empresas. Por eso entendemos cómo funciona su negocio por dentro.
Respaldo legal a la mano
Si el asunto requiere atención legal, lo atiende FD Abogados dentro del grupo, con la misma información, el mismo expediente y sin empezar de cero.
Listos para el extranjero
Acompañamos a empresas con matriz en el extranjero. En las reuniones contamos con traducción al inglés, para que la comunicación con su matriz sea clara.
Criterio antes que conveniencia
Le damos nuestra opinión sobre lo que conviene a su empresa, aunque no sea la que esperaba, incluida una negativa cuando la operación no se sostiene.
Hay encargos que no aceptamos.
Los publicamos para que sepa, antes de contratar, cómo trabajamos.
No respaldamos operaciones que no existieron
Una factura no prueba por sí sola que una operación ocurrió. Si no hay contrato, entrega o pago que la sustente, la autoridad puede desconocerla, y la responsabilidad alcanza tanto a quien la emite como a quien la deduce.
No firmamos lo que no revisamos
Si la contabilidad viene de otro despacho y no nos dejan auditarla antes, no la firmamos. La responsabilidad se transfiere con la firma y no se puede asumir sin revisar.
No aceptamos un encargo que empiece por el resultado
Primero se entiende la operación y después se planea sobre ella. Cuando lo primero que se pregunta es cuánto se quiere pagar, antes de saber a qué se dedica la empresa, la respuesta es no.
No prometemos que no habrá revisión
Nadie puede prometer eso. Lo que sí podemos es dejar el expediente en condiciones de sostenerse cuando llegue.
No callamos lo que falta
Si la documentación de una operación está incompleta, lo decimos por escrito en ese momento, antes de que llegue un requerimiento y ya no haya margen.
No cobramos por lo que no se necesita
Si una parte del alcance deja de tener sentido para su operación, lo decimos y se ajusta. Un servicio que no aporta no se factura.
Si alguno de estos puntos no se ajusta a lo que busca, es mejor saberlo desde el principio.
Cerca de usted, esté donde esté.
Desde el 1 de junio de 2026, Specter opera bajo un modelo íntegramente digital. Lo decidimos porque cada vez más empresas de otros estados nos buscaban, y rediseñamos la operación para atenderlas a todas con la misma calidad y los mismos tiempos de respuesta.

Sin que se mueva
Atendemos a su empresa en cualquier estado de la República desde una operación cien por ciento digital.
Todo en línea y seguro
Procesos, entregables y comunicación por medios digitales, con la seguridad que sus datos fiscales exigen.
Cerca, aunque a distancia
Videollamadas, mensajería y respuesta ágil, con la misma persona al frente de su cuenta desde el primer día.
Hablemos de su negocio.
Cuéntenos qué necesita y le respondemos a la brevedad. La primera conversación sirve para entender su situación, sin compromiso.
O escríbanos directo a contacto@specter.mx